
mcm
Feb 25, 2010, 12:26 PM
Post #12 of 46
(6507 views)
Shortcut
|
Re: [Judy in Ags] New immigration manual
|
Can't Post | Private Reply
|
Judy -- the relevant section for requirements for FM-3 rentista visa is section 2.5 of the DOF (to which Rolly published the link). Here's what it says: Requisitos a) Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje, válidos para México. b) Carta de institución financiera, banco mexicano o extranjero o de institución fiduciaria en donde se acredite que la persona cuenta por lo menos con un ingreso mínimo mensual equivalente a doscientos cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. c) Si solicita autorización para Dependientes Económicos, el monto mensual señalado aumentará a ciento veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, por cada persona que dependa de él. In contrast, the requisites for FM-2 Rentista are (from Section 2.22 of the DOF): Requisitos a) Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje, válidos para México. b) Carta dirigida al INM, en español y firmada por el interesado, en la que solicite la calidad de Inmigrante y característica de rentista, exprese su propósito de radicarse en México en tanto adquiera la calidad de Inmigrado. c) Carta de institución de crédito mexicana o extranjera o institución financiera similar o fideicomiso, en donde se acredite que el solicitante cuenta con recursos suficientes provenientes del exterior y que de éstos, de los rendimientos que produzcan o de sus inversiones en el país, obtendrá durante un año, ingresos mensuales por una cantidad no menor del equivalente a cuatrocientos días el salario mínimo vigente para el Distrito Federal. d) Por cada persona que integre la familia del solicitante, el monto de los mínimos mensuales señalados, aumentará por la cantidad equivalente a doscientos días de dicho salario mínimo. e) Si el extranjero demuestra la adquisición de un bien inmueble destinado para uso propio como casa habitación, la autoridad migratoria podrá autorizar que el extranjero acredite hasta el equivalente al cincuenta por ciento de dichos montos. So -- the FM-2 rentista allows the possibility (at the discretion of the immigration authority) of a 50% discount on monthly income, but the FM-3 rentista apparently no longer has this option. Sigh. Many thanks to Rolly for the link to the DOF! I'm looking forward to my next month's visit to migration, to see how, or if, these changes are put into effect.
|